• el orden en la presentación del mismo, debe poseer una introducción y un desarrollo, Luego una conclusión personal y adjuntar toda la bibliografía que consultamos para realizarlo. Espero que te sirva, salu2!!!! Nuevas preguntas de Castellano
En este grupo se forjan un lenguaje propio exploran sus límites, amplían valores, comparten ideas sobre el mundo, afinan gustos, metas y pautas de comport
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amientoDOY CORONITASI NO SABES NO RESPONDAS O TE REPORTO
pobrian crar un cuento de cualquier genero literario que sea propio no sea ya de otro autor y por favor que no sea muy largo media hoja o un poco más
pls y en que se basaron para hacer el cuento
Reconoce el texto titulado "Incorporan 104, 9 toneladas diarias de oxígeno medicinal a la oferta nacional"1. Observa el texto, lee el título, identific
a cuántos párrafos tiene y responde: ¿De qué podría tratar el texto? 2. Lee el texto e identifica la idea más importante en cada párrafo. 3. Luego, responde las siguientes preguntas:3. 1. ¿De qué se habla en el texto?
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Exercice de champ lexical
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22 de la Ley de Lavado. Pero más importante aún, lo cierto es que aquella información efectuada por los abogados respecto de sus clientes, de los que habrían tomado conocimiento el letrado en razón de su vínculo profesional, implica una violación no sólo al principio amplio de la defensa en juicio, sino de los derechos a la privacidad e intimidad de sus clientes, garantías, que deviniendo del art. 19 de la Constitución Nacional, se cristalizan en normas tan claras y específicas como el art. 244 del Código Procesal Penal de la Nación, que establece para los abogados el deber de abstenerse de declarar sobre los hechos secretos que lleguen a su conocimiento en función de su profesión, y del art. 156 del Código Penal, que reprime la violación del secreto profesional, y adicionalmente, en las disposiciones que regulan el ejercicio de la profesión de los abogados, arts. 6º inc. f) de la ley 23. 187, que llaman al estricto secreto profesional salvo autorización del interesado, y 10 inc. h) del Código de Ética del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, que establece que es deber inherente del ejercicio de la abogacía de respetar rigurosamente todo secreto profesional y oponerse ante cualquier autoridad a su relevamiento.